La conciliación privada es un medio adecuado de resolución de conflictos en el que un profesional imparcial interviene para ayudar a las partes a alcanzar un acuerdo, pudiendo proponer soluciones cuando resulta necesario. A diferencia de la mediación, el conciliador adopta un papel más activo, orientando el proceso hacia una resolución práctica, realista y viable del conflicto.
Este servicio permite abordar desacuerdos, reduciendo el desgaste emocional, personal y económico que suelen acompañar a los conflictos prolongados, especialmente donde el componente psicológico y relacional es determinante.
La conciliación privada está orientada a aquellas situaciones en las que las partes desean gestionar el conflicto de forma profesional y estructurada, pero necesitan la intervención de un tercero cualificado que facilite acuerdos claros y sostenibles en el tiempo.


Intervengo en procesos de conciliación privada y resolución de conflictos en aquellos casos donde el bloqueo emocional, la dificultad de comunicación o la intensidad relacional dificultan la resolución del desacuerdo, entre ellos:
La intervención no tiene como objetivo determinar culpabilidades, sino facilitar un espacio estructurado que permita avanzar hacia soluciones funcionales y consensuadas.
Las sesiones de conciliación pueden realizarse de forma individual, conjunta o en formato mixto, en función de las características del conflicto y de las personas implicadas.
En conflictos familiares o civiles complejos, como desacuerdos por herencias u otros asuntos patrimoniales, la intervención puede incluir a varios integrantes, organizando las sesiones de manera que se facilite el diálogo y se evite la escalada del conflicto.
La duración aproximada de las sesiones es de 60 a 75 minutos. El número de sesiones varía según la complejidad del caso, siendo habitual un proceso de entre dos y cuatro sesiones.
Además de la conciliación privada, puedo actuar como persona experta independiente, figura reconocida dentro de los medios adecuados de resolución de conflictos, cuando las partes acuerdan designar a un profesional neutral con conocimientos especializados.
En este contexto, realizo un análisis técnico del caso y emito una opinión profesional no vinculante, basada en criterios psicológicos y jurídicos, que permite a las partes disponer de una valoración experta para orientar la toma de decisiones y facilitar acuerdos.
Esta intervención puede realizarse de forma independiente a un proceso de conciliación.
La conciliación privada se diferencia de otros mecanismos de resolución de conflictos:
El mediador facilita la comunicación entre las partes, sin proponer soluciones.
El conciliador puede intervenir de forma más activa y sugerir propuestas concretas para desbloquear el conflicto.
Se realiza dentro de un procedimiento judicial y culmina con un informe pericial dirigido al órgano judicial.
La conciliación privada y la actuación como persona experta independiente no sustituyen al peritaje psicológico cuando éste resulta necesario.
Incluye:
Estudio inicial del caso.
Hasta 3 sesiones de conciliación (individuales y/o conjuntas).
Informe de propuesta de acuerdo (orientativo y no vinculante).
Sesión de conciliación (individual o conjunta): 120 €
Sesiones adicionales (si fueran necesarias): 120 € por sesión
Incluye:
Análisis técnico del conflicto.
Entrevistas profesionales necesarias.
Emisión de opinión técnica no vinculante.
(El importe final puede variar según complejidad y documentación aportada.)
Los honorarios pueden variar en función de la complejidad del caso, del número de personas implicadas y del número de sesiones necesarias. Presupuesto previo sin compromiso.
La intervención profesional no incluye actuaciones judiciales ni asistencia a sala.